Servicio de guardia provincial de 24 horas para víctimas de violencia de género.
Aunque actualmente este servicio está incluido en el Turno de Oficio, como consecuencia de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, hasta el año 2004 este servicio se prestaba como consecuencia de un Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española, siendo la iniciativa de los Colegios de Abogados absolutamente básica a la hora de que este Servicio se creara. Este es un ejemplo de cómo es la Abogacía la que, sin apenas medios económicos, apuesta a través de los Colegios de Abogados para la creación de servicios gratuitos para los sectores sociales más débiles y siempre sobre la base de percepciones ínfimas y puramente simbólicas por parte de los Letrados y Letradas que los integran, que llegan a realizar una labor prácticamente de voluntariado. La Administración, posteriormente, llega a hacer suyos algunos de estos servicios integrándolos en el Turno de Oficio.
En concreto, en el Colegio de Abogados de Ciudad Real existe desde el año 2002 un Servicio de Guardia de 24 horas para Víctimas de Violencia Doméstica de 24 horas.
Actualmente el Servicio tiene carácter provincial y está integrado por 4 Letrados cada día permanentemente localizables a través de teléfono móvil. La localización de los mismos se efectúa a través de los Centros de la Mujer, comisarías de la Policía Nacional y Local; Comandancias y puestos de la Guardia Civil; y órganos judiciales.
En materia de VIOLENCIA DE GÉNERO, los Letrados y Letradas integrantes del Servicio de Guardia de Violencia de Género del Turno de Oficio realizan anualmente un total de 1.460 servicios de Guardia de 24 horas, de forma que los 365 días del año ha habido 4 Letrados de guardia durante las 24 horas del día. El Colegio asegura la unidad de defensa de la Víctima al designar al mismo abogado para todas las actuaciones de la misma víctima.